Comité ATP establece criterios para el cálculo de Salario Complementario correspondiente al mes de mayo

La Jefatura de Gabinete, mediante la Decisión administrativa 765/20, adopta las recomendaciones realizadas por el Comité de evaluación y monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y establece que para proceder al cálculo del Salario Complementario de mayo resulta procedente tomar como referencia a la remuneración abonada en el mes de marzo de 2020.
Respecto de las condiciones de admisibilidad del beneficio, la resolución en cuestión establece que se deberá:
-Estimar la variación de la facturación de los empleadores comparando los períodos abril de 2019 con abril de 2020,
Para las empresas que iniciaron sus actividades a partir del 1º de mayo de 2019: la comparación debería hacerse con el mes de diciembre de 2019.
-Empresas que iniciaron sus actividades en 2020: se propuso continuar con la misma tesitura, donde hasta ahora se recibieron de manera directa el beneficio del Salario Complementario.

 

ANSES. Salario complementario. Fechas de pago y registro del trabajador

ANSES. Salario complementario. Fechas de pago y registro del trabajador
Para poder saber si  el trabajador está incluido en el beneficio y la fecha de cobro del mismo, se deberá ingresar a través del número de CUIL
Ello se podrá realizar ingresando a https://servicioscorp.anses.gob.ar/ATPConsulta/
Dependiendo del caso se informará la fecha de cobro del beneficio o que el empleado no se encuentra registrado para recibir la ayuda estatal. En caso negativo deberá consultar ello a su empleador.

 

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