ARBA NO PUEDE RECLAMAR ANTICIPOS POR MEDIO DEL SISTEMA DE LIQUIDACIONES EXPRES

El Juez Contencioso Administrativo de la ciudad de Junin resolvio que ARBA no tiene facultades para exigir anticipos mediante liquidaciones "expres" a los profesionales y declaro la inconstitucionalidad de la facultad establecida por el Codigo Fiscal de la Provincia de Buenos Aires en los arts. 39 y 50. Para ello considero que "el suscripto se encuentra imposibilitado constitucionalmente de tolerar la exigibilidad de una deuda tributaria nacida a traves de un proceso que no se compadece con el espíritu del constituyente".

COMPETENCIA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION EN LA CADUCIDAD DE PLANES DE SEGURIDAD SOCIAL

El Tribunal Fiscal de la Nación es competente para entender en causas en donde el acto cuestionado dispone la caducidad de planes de facilidades de pagos vinculados con contribuciones de la Seguridad Social. La Camara en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que la caducidad de un plan es una sanción. Estracto del comentario a Fallo que me publicara el Suplemento de Novedades Fiscales del diario Ambito Financiero el día 20.5.14.

ECOFINES 2014 Economia Finanzas y Estrategia

Hoy, durante todo el día se desarrollo este evento que conto con la presencia de profesionales y expositores de todos los ambitos. En materia laboral estuvo Daniel Funes de Rioja, en la mirada sobre como hacer negocios en la Argentina estuvieron Juan chediak y Eduardo Novillo Astrada (presidente de Villages Cines), Cesar Litvin hablo sobre intercambio de información fiscal, entre otros. A mi me toco exponer sobre Herramientas y Claves para la coyuntura fiscal de la empresa. Compartimos un muy lindo evento. Gracias a Walter Morales.

IVA. EXENCIONES. Servicio de radiotaxi

Una empresa dedicada al servciio de radio taxi no esta exenta si no ha podido acreditar que asumía la responsabilidad frente al pasajero por el servicio de transporte prestado, acreditado mediante la emisión de la factura directa al usuario (comentario a fallo que nos publicara el suplemento de Novedades Fiscales del Diario Ambito Financiero el 15.4.14).

PRESTAMOS ENTRE FAMILIARES. Disminución de las formalidades exigidas.

Para el computo de préstamos familiares no es menester el cumplimiento de todas las formalidades exigidas, en la medida que sea posible demostrar por otros medios la secuencia completa de la operatoria. (comentario a fallo que nos publicara el suplemento de Novedades Fiscales del Diario Ambito Financiero el 15.4.14)

PAGOS EN EFECTIVO. Validez frente a la veracidad de las operaciones.

El suplemento de Novedades Fiscales del diario Ambito Financiero nos publico el 15.4.14 el siguiente articulo comentando jurisprudencia, que admite el computo de las deducciones y créditos fiscales correspondientes a operaciones que superan los $ 1000, canceladas en efectivo, en la medida en que se encuentre acreditada la veracidad de las mismas. La importancia de este fallo radica en que al ser de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene un valor indiscutible de doctrina para todos los tribunales inferiores, los que, en la medida en que se adecue la situación de hecho, deberán aplicarlo.

EL DIARIO AMBITO FINANCIERO NOS PUBLICO LA SIGUIENTE NOTA DE JURISPRUDENCIA EL 18.3.14

El Colegio Unico de Corredores Inmobiliarios de la CABA no puedo solicitar la exención en el impuesto sobre los Ingresos Brutos para el ejercicio de actividades profesionales universitarias no organizadas en forma de empresa, pues la exención dependerá de la situación de cada uno de sus asociados.  http://www.ambito.com/suplementos/novedadesfiscales/ampliar.asp?id=3210