ARBA NO PUEDE RECLAMAR ANTICIPOS POR MEDIO DEL SISTEMA DE LIQUIDACIONES EXPRES

Considero que el codigo fiscal ha dejado de lado el procedimiento de la determinación de oficio sin una razon jurídica objetiva valedera, en clara violación de la garantía de defensa en juicio y con ello el quebrantamiento del debido proceso y procedimiento administrativo, cuya tutela expresa contiene la Constitución Nacional (art. 18) y Provincial (art. 15).

Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/ Cattaneo, Hugo Marcelo s/ ejecución fiscal.

El Juez Contencioso Administrativo de la ciudad de Junin resolvio que ARBA no tiene facultades para exigir anticipos mediante liquidaciones "expres" a los profesionales y declaro la inconstitucionalidad de la facultad establecida por el Codigo Fiscal de la Provincia de Buenos Aires en los arts. 39 y 50. Para ello considero que "el suscripto se encuentra imposibilitado constitucionalmente de tolerar la exigibilidad de una deuda tributaria nacida a traves de un proceso que no se compadece con el espíritu del constituyente".

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