CLAUSURA. INCONSTITUCIONALIDAD. ACTA DE CONSTATACIÓN DE LA INFRACCIÓN. REQUISITOS. IDENTIFICACIÓN DEL COMPRADOR. INEXISTENCIA DE INSTRUMENTO PÚBLICO.

Las actas de constatación de infracción efectuadas por la AFIP no revisten utilidad paraaplicar una sanción de clausura por presunta “no emisión de factura o documento equivalente” si no se identifica precisamente el objeto de la venta y se identifica a la persona que habría adquirido la mercadería.

 

NOVEDADES SOBRE BLANQUEO

Tal como adelantaramos en las charlas sobre blanqueo dictadas en el estudio, el Fisco esta analizando la posibilidad de admitir el blanqueo aún a contribuyentes que no hayan presentado las declaraciones juradas de Ganancias, Ganancia Minima Presunta y Bienes Personales hasta el 31.5.13, tal como lo exigia la ley de blanqueo.

Asi lo informa Infobae profesional del día de la fecha. Igualmente hay que esperar la reglamentación por parte de la AFIP.

LA JUSTICIA ORDENO A LA AFIP QUE LEVANTE EL BLOQUE DE LA CLAVE FISCAL EN FORMA INMEDIATA.

La suspensión o  bloqueo del CUIT  resuelto por la AFIP impide al contribuyente continuar ejerciendo la actividad mercantil para la cual se constituyo y colisiona con el derecho a “ejercer el comercio” (art. 14 de la Constitución Nacional) y con el principio de inocencia (art. 19 de la Constitución Nacional), por lo que corresponde ordenar a la AFIP que levante el bloqueo de la clave fiscal en forma inmediata. La medida fue ordenada en el marco de un concurso preventivo presentado por el contribuyente.

FAREPA INDUSTRIAL Y COMERCIAL S.A. C/ G.C.B.A. S/ IMPUGNACIÓN ACTOS ADMINISTRATIVOS

El estudio obtuvo un fallo favorable por el cual se ordena a la AGIP que se suspenda la inclusión del contribuyente en el padrón de contribuyentes con alto riesgo fiscal. Es un fallo particularmente importante pues implica poner un coto a las medidas de hecho dispuestas por la administración tributaria de la ciudad sin fundamento legal y de hecho alguno. Y que perjudica la situación financiera de los contribuyentes, llevándolos en algún caso a la ruina.

«FAREPA INDUSTRIAL Y COMERCIAL S.A. C/ G.C.B.A. S/ IMPUGNACIÓN ACTOS ADMINISTRATIVOS»

El estudio obtuvo un fallo favorable por el cual se ordena a la AGIP que se suspenda la inclusión del contribuyente en el padrón de contribuyentes con alto riesgo fiscal. Es un fallo particularmente importante pues implica poner un coto a las medidas de hecho dispuestas por la administración tributaria de la ciudad sin fundamento legal y de hecho alguno. Y que perjudica la situación financiera de los contribuyentes, llevándolos en algún caso a la ruina.

«FAREPA INDUSTRIAL Y COMERCIAL S.A. C/ G.C.B.A. S/ IMPUGNACIÓN ACTOS ADMINISTRATIVOS»

El estudio obtuvo un fallo favorable por el cual se ordena a la AGIP que se suspenda la inclusión del contribuyente en el padrón de contribuyentes con alto riesgo fiscal. Es un fallo particularmente importante pues implica poner un coto a las medidas de hecho dispuestas por la administración tributaria de la ciudad sin fundamento … Leer más«FAREPA INDUSTRIAL Y COMERCIAL S.A. C/ G.C.B.A. S/ IMPUGNACIÓN ACTOS ADMINISTRATIVOS»

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