El adjunto el link a un comentario que hiciera en el programa Forum Juridico Fiscal y que esta en Youtube a partir del minuto 19,16.https://www.youtube.com/watch?v=p8HA5tDb5IY
Extinción por mutuo acuerdo: el pago de gratificación no altera su esencia
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que rechazo la demanda