Asi lo resolvió la Justicia Contencioso Administrativa y Tributaria de la CABA el 7.7.15 por considerar que "no surge acto administrativo alguno expedido por funcionario competente de la Dirección de Rentas ni de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, que justifique la inclusión de la firma actora en el Padrón de Alto Riesgo Fiscal y en el SIRCREB…. por lo que el proceder administrativo luce prima facie arbitrario y carente de fundamentos;"
Fin de las retenciones en Misiones: La Corte abre la vía originaria contra retenciones provinciales extraterritoriales
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró admisible su competencia originaria para intervenir en una