PREGUNTAS FRECUENTES: ¿Quiénes deben ir a trabajar? ¿Quiénes están dispensados? ¿Bajo qué términos?

La resolución 297, emitida el año pasado por el Gobierno, indica que quienes están dispensados de asistir de forma personal al lugar de trabajo son los mayores de 60 años, las embarazadas y los que tengan patologías previas que sean de riesgo frente al covid como lo indica la OMS.
Esta dispensa rige hasta que, por la resolución 42021, se hayan dado cualquiera de las vacunas para generar inmunidad frente al covid. Pasados 14 días de la inoculación, el empleador podría exigirle al empleado asistir de forma presencial al trabajo.

PREGUNTAS FRECUENTES: ¿Qué debemos hacer cuando se presenta un inspector de AFIP en el domicilio fiscal?

Entendemos que la respuesta no es nada sencilla ya que depende de diversos factores que influyen, no obstante podemos establecer una serie de recomendaciones a tener en cuenta:
Primeramente, ante todo, se le debe solicitar al inspector su credencial y el DNI para luego certificar la identidad del mismo. También asegurarse de que dicho funcionario esté a cargo de la inspección que pretende llevar a cabo.

Un fallo sobre discriminación laboral

La justicia nacional del trabajo indicó que en un caso de despido invocando justa causa, se corroboró que el despido había sido discriminatorio al estar acreditada la contemporaneidad entre un cambio de lugar de trabajo, que el trabajador había cuestionado por ser “antisindical”, y la comunicación del distracto.
En efecto, recientemente con fecha del mes pasado, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VII, indicó que en la causa “G. C. Alfredo c/ Briefing Security S.A. s/ juicio sumarísimo”, correspondía considerar que el despido del trabajador obedeció a motivos discriminatorios, pues resulta claro que el tiempo entre el reclamo por el cambio de lugar de trabajo, denunciado por abusivo y antisindical por el trabajador y la comunicación del despido por parte de la empleadora, permite captar como indicio serio, que el despido obedeció a motivos discriminatorios al estar cabalmente acreditada la actividad sindical desempeñada por el actor con miras a que la empresa empleadora aplicara un determinado convenio colectivo de trabajo a su actividad.
En ese sentido, se entendió que había quedado ampliamente acreditada la actividad sindical desarrollada por el trabajador con miras a que la empresa Briefing Security SA tornara aplicable un Anexo del CCT de Subterráneos a su actividad, resultando el despido dispuesto por la demandada 40 días después del cambio de lugar de trabajo, un exceso en la sanción de una incidencia atendible con remedios no tan extremos, lo cual evidencia que la motivación real radicó en el cercenar la actividad sindical llevada a cabo por el reclamante.
Vemos como en esta causa, la justicia, por los indicios acreditados en la causa, determinó como sin causa y discriminatorio un despido a un trabajador que velaba por derechos colectivos, por ello, al ser un tema de extrema delicadeza, creemos que, a la hora de efectuar un despido con justa causa, deben contemplarse este tipo de hechos que podrían condicionar la causal de despido.

MEDIDAS DE ALIVIO FISCAL. MONOTRIBUTO: ¿Cómo volver y cuáles son las nuevas escalas?

La AFIP dispuso que los contribuyentes que voluntariamente se hayan excluido del régimen simplificado o hayan solicitado el alta en el Régimen General podrán adherirse nuevamente al monotributo o acceder a una reducción del saldo técnico de IVA. Hay tiempo hasta el 31 de julio inclusive.
Las medidas son consecuencia del Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes destinado a complementar la constancia del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.
¿Cómo hacer el trámite para volver? Te indicamos el paso a paso
1.      Ingresar con clave fiscal al portal Monotributo
2.      Seleccionar la opción "Solicitar Reingreso" que se encuentra en la tarjeta "Beneficio para Contribuyentes Cumplidores".
3.      La aceptación o rechazo del trámite estará disponible en el Domicilio Fiscal Electrónico.
4.      Si la solicitud es aprobada, se podrá reingresar al monotributo.
¿Quiénes pueden solicitarlo y hasta cuando hay tiempo?
El beneficio comprende a quienes hayan pasado a autónomos entre el 1° de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020.
El trámite se hace a través de la página web de la AFIP, donde los contribuyentes podrán corroborar la aceptación o el rechazo del pedido en su Domicilio Fiscal Electrónico. Hay tiempo hasta el 31 de julio inclusive
¿Cómo quedan las nuevas escalas?
A partir del 1º de julio de 2021, los parámetros de ingresos brutos anuales previstos en los párrafos primero y tercero del artículo 8° del anexo de la ley 24.977, según se indica son:
Categoría            Ingresos brutos

A            Hasta $ 370.000
B            Hasta $ 550.000
C            Hasta $ 770.000
D            Hasta $ 1.060.000
E            Hasta $ 1.400.000
F             Hasta $ 1.750.000
G            Hasta $ 2.100.000
H            Hasta $ 2.600.000
I             Hasta $ 2.910.000
J             Hasta $ 3.335.000
K            Hasta $ 3.700.000

Fuente: Ley N° 27639. PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y ALIVIO FISCAL PARA PEQUEñOS CONTRIBUYENTES

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