AGIP – No se computarán los días hábiles administrativos entre el 9 de Junio y 22 de Junio.

La Administración, determinó a través de la Resolución N°197 del año corriente, que en el ámbito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 9 de junio y 22 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.

 

Moratoria AFIP: La justicia ordena que provisoriamente se permita el acogimiento a una empresa que no cumple con el requisito de ser pequeña o mediana empresa

En una reciente resolución, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nro. 7 dispuso que se haga lugar a la medida cautelar solicitada por la firma Marítima Maruba S.A. y consecuentemente se permita provisoriamente su acogimiento al Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduanera de la ley 27.541, hasta tanto se dicte sentencia sobre la cuestión de fondo.
La  empresa sostuvo que pese a que el contexto económico del país afectó su situación económica, colocándola en un estado severo de crisis, se ve impedida de gozar de los beneficios del Régimen de Regularización por no cumplir con las condiciones para ser categorizada como PyME.
Para resolver así, el juez sostuvo que la petición efectuada encuentra sustento en la presunta falta de razonabilidad y en la arbitrariedad del requisito de encontrarse inscripta como Pequeñas y Medianas Empresas, apreciándose prima facie un presunto trato discriminatorio en virtud de que Maritima Maruba S.A. ha cumplido con los restantes presupuestos y condiciones previstos en el título IV de la ley 27.541 y la RG 4667 de AFIP.

 

AFIP. Renovación automática de los certificados MiPyME. Relevancia de la medida en miras a la Moratoria Fiscal.

El organismo mediante la Resolución General 4737, dispuso que, con carácter de excepción, los procesos previstos para la renovación automática de los "Certificados MiPyME" de aquellas empresas cuyos cierres de ejercicios fiscales operaron en los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020, se efectuarán en el mes de junio de 2020.
A tal efecto, la información correspondiente a los campos del Formulario 1272 denominado "PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios", será puesta a disposición de las empresas desde el día de su publicación en el Boletín Oficial, para su verificación hasta el día 20 de junio de 2020, inclusive.
Está modificación permite que quienes deban renovar el certificado cuenten con más tiempo y tiene relevancia respecto de la moratoria fiscal, siendo que contar con dicho certificado es uno de los requisitos de ingreso, en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas.

 

Se prorroga por 6 meses la doble indemnización

El Poder Ejecutivo  a través del DNU  528/20, amplio por el plazo de 180 días la emergencia pública ocupacional  declarada por el Decreto 34/10 (doble indemnización).
En consecuencia en caso de despido sin justa causa, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad con los términos del artículo 3° del Decreto número 34/19 y la legislación vigente en la materia.
Asimismo la doble indemnización no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto número 34/19 (es decir, contratos posteriores al 13 de diciembre de 2019)  ni al Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley número 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran.
El decreto en cuestión tiene vigencia a partir del día 10 de junio de 2020 (fecha en que fue publicado en el Boletín oficial).

 

 

Abrir chat