Requisitos para acceder al Beneficio de Créditos tasa cero

Requisitos para acceder al Beneficio de Créditos tasa cero
Recordamos que para acceder al beneficio de créditos tasa cero es necesario, en el caso de los Monotributistas:
-Estar inscriptos categoría A a K del régimen monotributo
-No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal, debiendo considerarse al beneficiario incurso en tal situación cuando por lo menos el 70% de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades que integren dicho sector.
-No percibir ingresos provenientes de relación laboral en dependencia o jubilación
-No tener como situación crediticia 3, 4, 5 o 6
-Que el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado
-En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.
-No se podrá acceder con dicho crédito al mercado de cambios para la formación de activos externos ni adquirir títulos de valor en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total del crédito.
Y en el caso de los Trabajadores autónomos aportantes al SIPA, se deberán cumplir los mismos requisitos anteriormente enunciados, con las siguientes diferencias:
-Que el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019, respecto del mismo período de 2020.
– No encontrarse adherido al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.
– No ser integrante de directorio de sociedades comerciales.

 

Créditos a tasa cero para monotributistas: AFIP informa pasos para acceder al beneficio

Créditos a tasa cero para monotributistas: AFIP informa pasos para acceder al beneficio
La Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP, mediante la RG 4707, detalló los pasos que se deberán cumplir para acceder a los créditos a tasa cero para monotributistas y trabajadores autónomos. Para ello se deberá
-Ingresar, entre los días 4 y 29 de mayo de 2020, ambos inclusive, al servicio denominado “Crédito Tasa Cero” de la página de AFIP.
-En el mismo acto el sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado, donde deberá Ingresar el importe del crédito que solicita.
-Se deberá Ingresar, en caso de poseer, el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria. En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, habrá que informar a la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.
Posteriormente la AFIP pondrá a disposición del BCRA información relativa a:
-Si el crédito es susceptible de ser otorgado
-Los importes totales correspondientes los tres (3) períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito, en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales, en los casos de pequeños contribuyentes, y aportes previsionales, para los casos de trabajadores autónomos.
En caso de no resultar procedente, el sistema indicará al contribuyente los motivos por los cuales se deniega la solicitud.

 

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