- No posee razonabilidad económica;
- Vulnera la propiedad porque afecta bienes que ya no están en el patrimonio;
- Pagar dos veces Bienes Personales;
- Confisca casi un 8% del patrimonio;
- Altera la planificación fiscal pasada;
- Contra la igualdad: Paga el que ya no tiene y no paga el que ahora tiene
- No se participa a las provincias.
- Se exige el impuesto a situaciones en las cuales ya no hay disponibilidad económica.
- Es retroactivo, con las consecuencias que esto puede generar en ciertas situaciones.
Tasas Municipales: La Corte fija nuevos límites a la recaudación y rechaza exigir confiscatoriedad
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto una sentencia de la Suprema Corte