El organismo de recaudación de la Provincia de Buenos Aires dispuso que hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, no se podrán solciitar medidas cautelares en los juicios de apremio.
Recordamos que esta medida comenzó a regir a partie del 1 de septiembre de 2019, mediante la resolución 026/2019.
Fuente: Resolución Normativa 64/20
Venta por catálogo: cuando la reventa de cosméticos no implica relación de trabajo
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en la causa “C.M c/ A., N.