El organismo de recaudación de la Provincia de Buenos Aires dispuso que hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, no se podrán solciitar medidas cautelares en los juicios de apremio.
Recordamos que esta medida comenzó a regir a partie del 1 de septiembre de 2019, mediante la resolución 026/2019.
Fuente: Resolución Normativa 64/20
Cuando el Fisco reclama deudas que ya no existen: cómo una empresa hotelera logró levantar embargos y neutralizar una ejecución millonaria.
La presión fiscal puede golpear duro — y cuando llega en forma de embargo sobre las cuentas