Debido a la nueva prórroga de suspensión dispuesta por AFIP, ningún monotributista podrá ser dado de baja de oficio de dicho régimen por falta de pago de sus obligaciones durante el mes de noviembre.
Recordamos que la normativa establece que la baja de régimen de monotributo procederá en los casos en que no se abonen 10 cuotas consecutivas, en consecuencia no serán considerados los períodos que van de marzo a noviembre de 2020
Asimismo, el organismo también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes al mes de Noviembre.
Fuente: Resolución General 4863/2020
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