La AFIP dispuso una nueva prórroga de suspensión de traba de medidas cautelares para las Pymes, hasta el día 31 de diciembre, inclusive.
Asimismo, se extiende la suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte del organismo recaudador hasta la fecha antes citada, sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.
Fuente: Resolución General 4868/2020
Tasas municipales: la Justicia anula el cobro por falta de prestación efectiva del servicio
En un reciente fallo, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín anuló liquidaciones