LA EJECUCION FISCAL DE LAS OBRAS SOCIALES SON INAPELABLES
Se aplica el art. 92 de la ley 11.683 y no el codigo procesal civil y comercial en la ejecución fiscal de las obras sociales.
Se aplica el art. 92 de la ley 11.683 y no el codigo procesal civil y comercial en la ejecución fiscal de las obras sociales.
La Corte Suprema dejo firme la resolución de Camara que lo habia restituido. Interesante precedente pues la Corte no avalo la ilegal acción de la AFIP.
El Supremo Tribunal de Justicia de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires resolvio que se aplica el Código Civil en materia de prescripción y no las normas locales. Lo hace acatando el fallo de la Corte Suprema Filcrosa y Bottoni, aun cuando considera que la Ciudad tiene competencia para legislar aun en materia de prescripción de tributos locales.