Mediante la Resolución General (AFIP) Nº 3151, publicada el día 02.11.16, la AFIP prorroga el plazo previsto para la presentación de la Declaración Jurada de Confirmación de Datos hasta el día 31.03.17, inclusive.
De esta manera, aquellos que no se acojan al blanqueo y confirmen que todos los bienes y tenencias que poseen son los oportunamente declarados, podrán gozar de los beneficios de la ley de Sinceramiento Fiscal.
Texto completo: https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/153136/20161102
¿Blanqueo encubierto? Lo que podría implicar el nuevo régimen para los dólares no declarados
El Gobierno Nacional estaría ultimando detalles de un nuevo régimen que permitiría el uso de dólares no