Mediante la Resolución General (AFIP) Nº 3151, publicada el día 02.11.16, la AFIP prorroga el plazo previsto para la presentación de la Declaración Jurada de Confirmación de Datos hasta el día 31.03.17, inclusive.
De esta manera, aquellos que no se acojan al blanqueo y confirmen que todos los bienes y tenencias que poseen son los oportunamente declarados, podrán gozar de los beneficios de la ley de Sinceramiento Fiscal.
Texto completo: https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/153136/20161102
Corte Suprema confirma sentencia que ordena la rehabilitación del Cuit
En un fallo reciente, la Corte Suprema declaró inadmisible la apelación del Fisco Nacional y confirmó las