En línea con la extensión de la cuarentena, se prorroga la suspensión de los plazos administrativos a nivel Nacional desde el 31 de agosto hasta el 20 de septiembre de 2020, inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos que ya se hayan cumplido o que se deban cumplir.
Fuente: Decreto 715/2020
Extinción por mutuo acuerdo: el pago de gratificación no altera su esencia
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que rechazo la demanda