A tal fin, quienes deseen obtenerlo deberán haber tenido un monto de facturación electrónica menor a la suma de $ 10.000 pesos entre el 12 de marzo y el 12 de abril del corriente año.
En las restantes categorías se mantiene el criterio de que la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.
Decisión Administrativa 817/20 de la Jefatura de Gabinete de Ministros
Cuando el Fisco reclama deudas que ya no existen: cómo una empresa hotelera logró levantar embargos y neutralizar una ejecución millonaria.
La presión fiscal puede golpear duro — y cuando llega en forma de embargo sobre las cuentas