Ya salió la primera medida que ordena a la AFIP que se abstenga de aplicar las disposiciones de la ley de Aporte Solidario a un contribuyente.
En la causa Scannapieco, Alejandro, el Juzgado Contencioso Administrativo Nro. 8, así lo resolvió, frente al planteo que el impuesto o aporte afecta su capacidad contributiva al menoscabar significativamente su renta, gravada ya con el impuesto sobre los Bienes Personales y que de manera tangencial también se afecta su derecho de propiedad.
Sin dudas es una promisoria medida en vista de las futuras acciones judiciales a iniciar por los contribuyentes, especialmente cuando concluye que existe mayor riesgo en denegar la medida que en concederla.
Salidas No Documentadas: La Corte reconoció la validez de operaciones por haber sido canceladas con cheques, sus requisitos
En un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocando fallos del Tribunal