visibledesign
Reseña Informativa: ALIVIO PARA PYMES
ALIVIO PARA PYMES. Pagar CONTRIBUCIONES PATRONALES con IVA.
Afip, mediante la Resolución 4603, publicada el 3 de octubre, hace saber a las pequeñas y medianas empresas que podrán pagar contribuciones patronales con saldo libre disponibilidad de IVA.
Esta medida es innovadora en tanto esto no ha ocurrido con anterioridad.
La medida es temporal y acotada a un corto periodo, que permitirá a las pequeñas empresas hacerse de un mecanismo alternativo para cumplir obligaciones.
Esta opción que ciertamente trae aire, podrá ser utilizada para cancelar hasta un 20% de las obligaciones de las contribuciones de seguridad social correspondientes al periodo fiscal del mes de Septiembre del corriente año.
Para ello, las Pymes deberán estar inscriptas en el Registro del Ministerio de Producción, en el “Registro de empresas mipymes” de la Secretaria de Emprendedores de la Pequeña y Mediana Empresa.
La afectación producirá efectos desde el momento de la presentación y no podrá generar saldo a favor del contribuyente.
El comienzo del plazo para llevarlo a cabo será el 7 de Octubre y se extenderá durante todo este mes, finalizando el día 31.
FORUM JURIDICO FISCAL – FALLO FARINA. COMENTARIO DEL DR. CARDOZO
VIDEO GENTILEZA DE FORUM JURíDICO FISCAL
FORUM JURIDICO FISCAL «‹02/10 – 20 hs. – El Dr. Horacio Cardozo trata el fallo Fariña sobre evasión de impuestos y su relación con el lavado de dinero.
Este miércoles, en su horario de las 20 hs, por Argentinísima Satelital, señal receptada por todos los cables operadores del país, se emitirá una nueva edición de Forum Jurídico Fiscal el que también puede verse en diferido a través de nuestra página web www.forumjuridicofiscal.com.ar o accediendo a nuestro canal de You Tube.
En esta edición el programa se desarrolla a pura actualidad. El Dr CP Jorge Arosteguy, destacado profesional, explica la aplicación del bono a los trabajadores en relación de dependencia privados que dispuso el DNU 665/19A ello se le suma una columna del Dr. Abog. Horacio Cardozo, reconocido especialista, en la que aborda el fallo Fariña a propósito de cual analiza lavado de activos versus evasiónMás aún, el Dr. CP Martín Caranta, tributarista, tomando como base un sentencia de reciente data, nos ilustra respecto de la responsabilidad solidaria de los apoderadosTambién entrevistamos a la Dra. Abog. Gabriela Peralta, especialista en esta temática, con quién charlamos acerca de la Ley de Economía del Conocimiento y de la economía digitalY se nos terminó el tiempo. No te lo pierdas.El objetivo es difundir, explicar y analizar las diversas normas y sus modificaciones a través de los más destacados profesionales y de las autoridades que tienen a su cargo la aplicación y fiscalización de las mismas, en materia tributaria, jurídica, económica, de los recursos de la seguridad social y laboral.Los esperamosConducciónBelisario Mocchi Producción Periodística : Ricardo H. FerraroProducción Ejecutiva: Ramón E. Pena
NUEVO PROGRAMA – EDICIÓN 02/10/219
Este miércoles, en su horario de las 20 hs, por Argentinísima Satelital, señal receptada por todos los cables operadores del país, se emitirá una nueva edición de Forum Jurídico Fiscal el que también puede verse en diferido a través de nuestra página web www.forumjuridicofiscal.com.ar o accediendo a nuestro canal de You Tube. En esta edición el programa se desarrolla a pura actualidad. El Dr CP Jorge Arosteguy, destacado profesional, explica la aplicación del bono a los trabajadores en relación de dependencia privados que dispuso el DNU 665/19
A ello se le suma una columna del Dr. Abog. Horacio Cardozo, reconocido especialista, en la que aborda el fallo Fariña a propósito de cual analiza lavado de activos versus evasión
Más aún, el Dr. CP Martín Caranta, tributarista, tomando como base un sentencia de reciente data, nos ilustra respecto de la responsabilidad solidaria de los apoderados
También entrevistamos a la Dra. Abog. Gabriela Peralta, especialista en esta temática, con quién charlamos acerca de la Ley de Economía del Conocimiento y de la economía digitalY se nos terminó el tiempo. No te lo pierdas.
El objetivo es difundir, explicar y analizar las diversas normas y sus modificaciones a través de los más destacados profesionales y de las autoridades que tienen a su cargo la aplicación y fiscalización de las mismas, en materia tributaria, jurídica, económica, de los recursos de la seguridad social y laboral.
Los esperamos
ConducciónBelisario Mocchi Producción Periodística : Ricardo H. FerraroProducción Ejecutiva: Ramón E. Pena
TALLER : FACTURAS APÓCRIFAS – Expone: Dr. Horacio Félix Cardozo – 26/09
El Dr. Horacio Félix Cardozo, expone sobre:
* Facturas Apócrifas
– Lugar: Av. Cabildo 2040, piso 3. Belgrano, CABA
– Jueves 26 de Septiembre, de 9.00 a 12.30 hs.

Reseña de fallos 02/09/2019
Escribe Horacio Félix Cardozo (*)
EL ACOGIMIENTO AL SINCERAMIENTO FISCAL IMPLICA LEVANTAMIENTO DE LAS INHIBICIONES.
Si el juez dispuso la suspensión de la acciónpenal en los términos de la ley 27.260 -sinceramiento fiscal-, la eventual reanudación del proceso y la necesidad degarantizar las consecuencias pecuniarias de una condena igualmente eventual noalcanzan a justificar el mantenimiento de una medida restrictiva durante eltiempo por el que se acuerdan los planes de pago.
Es decir, la Cámara Penal Económica entendió que, ante la vigencia del plan de cuotas en el marco del sinceramiento fiscal, no corresponde mantener las cautelares decretadas, pese a que aún no se encuentre extinguida la acción penal.
Pues dicha suspensión, no justifica elmantenimiento de una medida que garantice las consecuencias pecuniarias deuna hipotética condena, pues mientras aquella suspensión del ejercicio de laacción penal se mantenga vigente como regla general cualquier medida segurativa no se advierte necesaria.
Finalmente, entendió la Cámara que, toda vez que en la causa principal se encuentra suspendidoel ejercicio de la acción penal, en los términos establecidos por el art. 54 de laley 27.260, las medidas cautelares dispuestas con anterioridad comoconsecuencia del procesamiento dictado, carecen de sustentonormativo y de sentido práctico de conformidad con las previsiones del artículo518 del Código Procesal Penal de la Nación, pues no se verificansituaciones que justificarían el mantenimiento de aquellas medidascautelares.
Cámara Penal Económica-Sala B–15/07/2019 – “L. L. S. A.
F.y OTROS S/ INFRACCIóN LEY 24769””, Expte Nro. 415/2013
NUEVO PROGRAMA- EDICIÓN 07/08/2019
Este miércoles, en su horario de las 20 hs, por Argentinísima Satelital, señal receptada por todos los cables operadores del país, se emitirá una nueva edición de Forum Jurídico Fiscal el que también puede verse en diferido a través de nuestra página web www.forumjuridicofiscal.com.ar o accediendo a nuestro canal de You Tube.
En este programa entrevistamos al Lic. en Economía Política, Adrián Jorge Makuc, experto en temas de comercio exterior y ex funcionario en el área de negociaciones internacionales, sobre el acuerdo Unión Europea – Mercosur, en particular respecto de los tiempos de su aplicación y el impacto en nuestra economía
Por otra parte, charlamos con el Dr. Abog. Ricardo Frohlich, tributarista y especialista en operaciones de y con entidades financieras, y abordamos la aplicación y efectos tributarios del ECHEQ, es decir el cheque electrónico, con singular énfasis en el Impuesto de Sellos
En esta oportunidad se suma la nueva columna de la Dra CP Teresa Gómez, reconocida tributarista, quien analiza la acción del monitoreo de ventas por parte de la AFIP y los efectos que pueden derivar a la luz de la Ley de Procedimiento.
El objetivo es difundir, explicar y analizar las diversas normas y sus modificaciones a través de los más destacados profesionales y de las autoridades que tienen a su cargo la aplicación y fiscalización de las mismas, en materia tributaria, jurídica, económica, de los recursos de la seguridad social y laboral.
Los esperamos
Conducción Belisario Mocchi
Producción Periodística : Ricardo H. Ferraro
Producción Ejecutiva: Ramón E. Pena


