ASISTENCIA PERSONAS MAYORES (Excepciones a la cuarentena)
El ministerio de desarrollo social en la Resolución 133/2020, en razón de emergencia pública en materia sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIóN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), coronavirus COVID-19, ha determinado ciertas medidas de prevención, donde se exceptúa del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a ciertas personas afectadas a una serie de actividades o servicios declarados esenciales en la emergencia, exclusivamente limitados al estricto cumplimiento de aquellas actividades o servicios.
En este grupo de exentos están incluidas aquellas personas que deban asistir a adultos mayores ya que estos últimos son considerados grupos de riesgo a los que más seriamente afecta el coronavirus COVID-19. Es por esto que en el Decreto en cuestión se dispuso que pueden ser asistidas por otras personas en el marco de la excepción al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio. En este tipo de excepcionalidad descrita respecto de las personas mayores, se trata de un supuesto de cuidado personal, debiendo aquellos responsables de tal cuidado y/o asistencia llevar adelante todo lo que esté a su alcance para colaborar con éstas en la realización de las actividades básicas e instrumentales de la vida diaria.
El/la cuidador/a, ya sea un familiar o cuidador/a profesional, que tenga a su cargo la realización de tareas de asistencia, apoyo y/o cuidado en las actividades de la vida diaria, deberá tener en su poder la declaración jurada que deberá ser presentada a la autoridad competente, junto con su Documento Nacional de Identidad.
La declaración jurada podrá ser completada:
- llenando a mano
- computadora el formulario del Anexo,
- o bien transcribiendo la totalidad de su contenido de puño y letra en una hoja en blanco.
En el supuesto en que la asistencia, apoyo y/o cuidado esté a cargo de un cuidador/a ajeno a la familia (voluntario o contratado), la declaración jurada deberá ser firmada tanto por quien brinde el cuidado como por la persona a cuidar o por un familiar de ésta.
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