La AFIP dispuso una nueva prórroga de suspensión de traba de medidas cautelares para las Pymes, hasta el día 28 de febrero, inclusive.
Asimismo, se extiende la suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte del organismo recaudador hasta la fecha antes citada, sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.
Fuente: RG 4926/2021
Venta por catálogo: cuando la reventa de cosméticos no implica relación de trabajo
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en la causa “C.M c/ A., N.