El nuevo periodo de feria fiscal extraordinaria correrá entre los días 11 de octubre y 25 de octubre de 2020, ambos inclusive.
Recordamos que quedan exceptuados los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia y a su vez para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
También se habilita la feria fiscal extraordinaria para los procedimientos de fiscalización realizados en el marco de la Fiscalización electrónica.
Fuente: Resolución General 4835/2020.
La Corte vuelve a ponerle límite a los municipios: no hay tasa sin servicio
En un nuevo fallo que marca tendencia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación reiteró un