AFIP. Hasta el 31 de Julio las presentaciones se hacen de forma digital.

El organismo recaudador dispuso mediante la Resolución General 4749/2020, con carácter de excepción y hasta el 31 de julio del corriente año, la obligatoriedad de realizar en forma digital las presentaciones y/o comunicaciones en el ámbito de las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social.

 

 
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