Documentación falsa en el legajo: Se avaló el despido con causa

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó que una empresa puede despedir con justa causa a un trabajador que incorporó documentación académica falsa en su legajo, especialmente cuando esa información le permitió acceder durante años a adicionales salariales.

El caso involucró a un trabajador de Nucleoeléctrica Argentina S.A. que había ingresado en 2001 y que, desde 2012, se desempeñaba como Jefe de División de Contratos y Servicios. La desvinculación se produjo luego de una auditoría interna realizada en 2024, mediante la cual la empresa detectó inconsistencias en los antecedentes académicos declarados por el dependiente.

A partir de esa revisión, se inició un sumario interno y se requirió información a la institución educativa que supuestamente había emitido el título secundario y el certificado analítico incorporados al legajo. La entidad desconoció la autenticidad de ambos documentos e informó, además, que el trabajador no había finalizado sus estudios.

El empleado cuestionó el despido sosteniendo que la sanción había sido aplicada fuera de término, ya que la documentación había sido presentada muchos años antes. Sin embargo, la Sala VII rechazó ese argumento y aclaró que el requisito de contemporaneidad no debe computarse desde el momento en que ocurrió la irregularidad, sino desde que el empleador toma conocimiento efectivo de ella y reúne elementos suficientes para acreditarla.

Este criterio resulta especialmente relevante para las empresas, porque valida la adopción de medidas disciplinarias frente a irregularidades antiguas que recién son descubiertas mediante auditorías, procesos de compliance o controles internos posteriores.

La Cámara también ponderó que el trabajador había percibido adicionales salariales vinculados con su supuesta formación, entre ellos el “Suplemento por Estudios Realizados” y la “Compensación por Tarea Profesional No Universitaria”. Para los jueces, la obtención de un beneficio económico a partir de documentación falsa agravó la conducta y justificó la pérdida de confianza invocada por la empleadora.

El fallo destacó, además, que la buena fe constituye una obligación esencial dentro de la relación laboral y que su incumplimiento reviste mayor gravedad cuando se trata de personal jerárquico o con funciones de responsabilidad. En ese contexto, la antigüedad, la ausencia de sanciones previas y el eventual ofrecimiento de devolver las sumas percibidas no fueron suficientes para preservar el vínculo.

El precedente refuerza la importancia de implementar revisiones periódicas de legajos, validaciones documentales y procedimientos internos que permitan acreditar con precisión cuándo se detectó una irregularidad y cómo se investigó. Una auditoría bien documentada puede resultar decisiva para sostener judicialmente una desvinculación con causa.

La decisión también transmite un mensaje claro: cuando una falsedad documental afecta la confianza, genera un beneficio económico indebido y compromete la idoneidad declarada por un empleado jerárquico, la continuidad de la relación laboral puede volverse inexigible para la empresa.

Fuente: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VII, “E., H. G. c/ Nucleoeléctrica Argentina S.A. s/ pedido de reincorporación”, 14 de mayo de 2026.