Conforme fuera anunciado por la AFIP, las operaciones de compra del dólar ahorro como así también las compras con tarjeta de crédito y débito que sean canceladas en moneda extranjera, quedarán alcanzadas por una retención a cuenta del Impuesto a las Ganancias o de Bienes Personales del 35%.
Sin embargo, las siguientes operaciones no se encuentran sujetas a esta percepción:
– Los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.
– Los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino.
– Adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte del Consejo de Federaciones de bomberos voluntarios y Fundación Bomberos de Argentina.
No procede la rendición de cuentas contra los directores de la sociedad
En un reciente fallo de la Cámara Nacional en lo Comercial se rechazó una demanda de rendición