Asimismo, recordamos que la utilización del coeficiente unificado actualizado es de aplicación obligatoria a partir del primer anticipo de año calendario, excepto cuando no fuera posible contar con la información necesaria para la determinación del mismo al momento de presentar la declaración jurada correspondiente, en cuyo caso debe utilizarse el nuevo coeficiente unificado a partir del cuarto anticipo
Cuando el Fisco reclama deudas que ya no existen: cómo una empresa hotelera logró levantar embargos y neutralizar una ejecución millonaria.
La presión fiscal puede golpear duro — y cuando llega en forma de embargo sobre las cuentas