Mediante la Resolución General (AFIP) Nº 3151, publicada el día 02.11.16, la AFIP prorroga el plazo previsto para la presentación de la Declaración Jurada de Confirmación de Datos hasta el día 31.03.17, inclusive.
De esta manera, aquellos que no se acojan al blanqueo y confirmen que todos los bienes y tenencias que poseen son los oportunamente declarados, podrán gozar de los beneficios de la ley de Sinceramiento Fiscal.
Texto completo: https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/153136/20161102
Proveedores “apócrifos” y crédito fiscal: la Justicia fija límites al ajuste de IVA
La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó un ajuste de IVA y una multa de significativa magnitud aplicados