El estudio obtuvo un fallo de la Justicia Penal Economico que resolvió que no procede la clausura por la falta de controlador fiscal, en la medida en que el Fisco no acredito que no se emitieran facturas en el lugar. La sola falta del controlador fiscal es una infracción solamente sancionable con una multa.
No procede la rendición de cuentas contra los directores de la sociedad
En un reciente fallo de la Cámara Nacional en lo Comercial se rechazó una demanda de rendición