La AFIP, mediante la Resolución General 4714/20, ha decidido en el día de hoy prorrogar la fecha de presentación de declaración jurada del impuesto al valor agregado e ingreso del saldo restante, correspondientes al periodo fiscal abril 2020, hasta las fechas que, según la terminación de la CUIT del contribuyente, se indican a continuación:
Terminación CUIT 0, 1, 2, y 3 hasta fecha 20/05/2020; CUIT con terminación 4,5 y 6 hasta fecha 21/05/2020 y; aquellos cuyos CUIT terminen en números 7, 8 y 9 hasta fecha 22/05/2020.
Asimismo, y en virtud de la modificación respecto del Plan de Facilidades de pago de la RG 4268, se permite la incorporación del IVA diferido.
La Corte Suprema ratifica la fuerza de la cosa juzgada en materia tributaria y limita la reapertura de defensas ya resueltas
En un reciente fallo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó una acción promovida contra