BLANQUEO LABORAL

Los puntos mas importantes del proyecto de blanqueo laboral son:
·      Solo se podrán regularizar  las relaciones laborales VIGENTES.
·      No se podrán regularizar las empleadas domesticas.
·      Se podrá blanquear: a) personal totalmente en negro; b) la real remuneración o c) la fecha de inicio de la relación laboral. 

Beneficios
·      Extinción de las sanciones penales de la ley penal tributaria.
·      Liberación de infracciones, multas y sanciones.
·      Baja del registro de empleadores con sanciones laborales (REPSAL).
·      Condonación de toda la deuda por capital e intereses de aportes y contribuciones (100% o 70% según el plazo de regularización).
·      Los pagos al personal en negro no tendrán impacto en el impuesto a las ganancias y al valor agregado.
·      Los trabajadores podrán computar hasta 60 meses de servicios con aportes para su jubilación.
·      La deuda no condonada podrá ser pagada en hasta 60 cuotas con un interés del 0,75% mensual.
·      No procederán las multas de la ley de empleo. 

Plazo
·      360 dias a contar desde la vigencia de la reglamentación de la presente ley.
·      Los beneficios de condonación de capital, intereses y multas se reducirán al 70% si se hace después de los 180 días.
Perdida de beneficios. Si se constata personal no declarado o irregularmente registrado con posterioridad. 

Perlitas
·      Luego de la comunicación al empleador se  podrá homologar ante Ministerio de Trabajo la real remuneración o fecha de ingreso.
·      La justicia deberá notificar a AFIP las sentencias laborales que reconozcan diferencias por irregularidades laborales, para la liquidación de aportes y contribuciones. La omisión de la comunicación será considerada falta grave.
·      Las multas por registración irregular que antes eran para el trabajador, ahora serán a favor de los organismos de Seguridad Social.