LAS DEUDAS CON LA AFIP PRESCRIBEN A LOS DOS AÑOS SI LA EMPRESA SE CONCURSA.
Interesante fallo del TFN que resolvió que se aplica el plazo de prescripción de dos años para los contribuyentes concursados.
Interesante fallo del TFN que resolvió que se aplica el plazo de prescripción de dos años para los contribuyentes concursados.
Algunos de esos comentarios, los reproducimos en este BLOG.
En la práctica significa que los contribuyentes podrán postergar los embargos bancarios varios años, pues la AFIP no podra iniciar los juicios de ejecución fiscal si los contribuyentes apelan al TFN.