Violencia de Género en el ámbito laboral: condenan a la empresa

La Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Puerto Madryn confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a una empresa a indemnizar por despido indirecto agravado por discriminación a una trabajadora que sufrió violencia de género ejercida en su perjuicio por un compañero de trabajo.
La sentencia de primera instancia consideró que la actora acreditó en autos la existencia de hechos compatibles con la naturaleza del maltrato y violencia laboral, acoso psicológico y discriminación sobre la demandante; que el denunciado era empleado de la empresa, siendo su superior jerárquico; que esas acciones se dieron con solución de continuidad a lo largo de años y respecto de varias mujeres que se desempeñaron en la empresa bajo la supervisión del mismo; que la angustia de la actora se somatizó en afecciones compatibles con patologías que ameritan tratamiento psiquiátrico; y que los directivos de la empresa estaban al tanto de toda la situación, conminando a la denunciante a que concurra a realizar una denuncia en sede penal como condición necesaria para dar inicio al curso administrativo de investigación interno de la firma, lo cual, consideró la Cámara “constituye una re-victimización flagrante”.

Esto fue probado, entre otros, por numerosas declaraciones testimoniales prestadas por empleadas mujeres que habían trabajado en la empresa y tenido como compañero al empleado denunciado por acoso.
El fundamento de la condena a la empresa se basó en que la empleadora demandada incumplió con los deberes que se encuentran a su cargo, máxime tratándose de una situación de maltrato y violencia laboral, acoso psicológico y discriminación contra una mujer (art. 4 Convención de Belem Do Para, art. 75 inciso 22° de la CN), y que en ningún momento dio pauta de articular medios tendientes a preservar la relación laboral (art. 10 LCT).
Por dichos motivos, la Cámara consideró que corresponde condenar a la empresa por no haber promovido acciones para hacer cesar la conducta del trabajador que cometía estas agresiones habiendo tomado conocimiento de las mismas.