A partir de ahora las empresas deberán tener en cuenta que, en los casos en los que tuvieran locales en municipios de la Provincia de Buenos Aires, estén o no operativos, a partir de este fallo, las empresas deberán calcular y pagar la tasa de seguridad e higiene sobre el monto total de ingresos brutos devengados en provincia de Buenos Aires.
Les compartimos un comentario que nos publicara el diario ÁMBITO FINANCIERO sobre el tema, para lo cual los invitamos a leerlo en el siguiente link:
https://www.ambito.com/novedades-fiscales/municipios/mala-noticia-empresas-los-imparables-n5272060