En la madrugada del día de hoy, la Cámara de Diputados de la Nación sancionó la denominada “Ley Bases” enviada al congreso por el presidente Javier Milei.
Con respecto a la reforma laboral, quedaron confirmados entre otros los siguientes cambios al régimen anterior que impactarán en el mercado laboral, a saber:
• Blanqueo Laboral: Como búsqueda de la promoción del empleo registrado establecen beneficios para los empleadores que regularicen a sus trabajadores “cualquiera sea su antigüedad y su salario, sólo podrá tener acreditados hasta 5 años de aportes calculados sobre el monto del salario mínimo, vital y móvil, a los fines de reconocimiento para su jubilación”.
• Eliminación de las multas al empleador por empleo no registrado: se eliminan las multas para los empleadores que no registran una relación laboral o lo hacen con un salario menor o fecha posterior a la real.
• Fondo de cese laboral: Se habilita a que mediante convenios colectivos de trabajo se reemplacen las indemnizaciones por despido por la constitución de un fondo o sistema de cese laboral. Dando la posibilidad al empleador de optar por contratar un servicio privado de seguro o auto asegurarse.
• Ampliación del periodo de prueba: De los 3 meses de hoy se extenderá a 6 meses habilitando que también por convenio colectivo se extienda hasta 8 meses en las empresas de seis (6) y hasta cien (100) trabajadores y hasta un (1) año en las empresas de hasta cinco (5) trabajadores.
• Se incorpora como motivo válido de despido las diferentes acciones que pueda llevar a cabo en el marco de un conflicto colectivo en la empresa. Por ejemplo, participar en bloqueos o tomas de establecimientos; obstrucción del ingreso o egreso al establecimiento y la afectación de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza.
• Se incorpora la figura del trabajador «colaborador» que habilitará a los “trabajadores independientes” o pymes a contratar hasta tres empleados. Dicho vinculo “…estará basado en la relación autónoma, sin que exista vinculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras e incluirá, tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores el aporte individual de una cuota mensual que comprenda la cotización al Régimen Previsional, al Régimen Nacional de Obras Sociales y Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Riesgos del Trabajo, en las condiciones y requisitos que establezca la reglamentación.”
Estos cambios representan una modernización importante del régimen de trabajo en nuestro país, se espera que impacten positivamente en las empresas, quienes tendrán mayores libertades para contratar y en consecuencia, disminuya la desocupación.
Desde el Estudio Cardozo estaremos realizando un ciclo de charlas de análisis de la totalidad de las nuevas modificaciones, desglosando cómo será la aplicación práctica de las mismas.
Desde ya invitamos a nuestros clientes a participar de dichas charlas, de las cuales estaremos informando fecha de realización por este medio.
Fuente: Ley sancionada sobre “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”