AFIP volvió a prorrogar la suspensión prevista respecto de los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
En tales términos ningún monotributista podrá será dado de baja de oficio de dicho régimen por falta de pago de sus obligaciones durante el mes de octubre.
Recordamos que la normativa establece que la baja de régimen de monotributo procederá en los casos en que no se abonen 10 cuotas consecutivas, en consecuencia no serán considerados los períodos de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre ni octubre de 2020
Asimismo, y con el objeto de amortiguar el impacto negativo de la pandemia coronavirus, el organismo también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes al mes de octubre.
Fuente: Resolución General 4845/2020 AFIP
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En un fallo reciente, la Corte Suprema declaró inadmisible la apelación del Fisco Nacional y confirmó las