URGENTE: Primer vencimiento 16.8 para obtener máximos beneficios. Los beneficios que ofrece la moratoria en la disminución de deuda como los perdones concedidos para multas, infracciones formales y materiales como la suspensión y extinción de acciones penales puede ser una buena oportunidad para eliminar las disputas con el fisco y su riesgo económico.
La denominada ley de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” o “Paquete Fiscal”, estableció un Régimen de Regularización de obligaciones Impositivas, Aduaneras y de la Seguridad Social, y Aporte solidario y extraordinario, cuya adhesión elimina el riesgo de inspecciones, determinaciones de oficios, multas, ejecuciones fiscales e incluso acciones penales.
La ley fue publicada el pasado 08 de julio ya fue reglamentada por decreto del ejecutivo y por resolución general de AFIP. Esta última reglamentación emitida el 16/07/2024 le otorga vigencia al régimen y sirve de fecha de inicio para la cuenta regresiva de los plazos de adhesión y los beneficios.
El plazo de adhesión va del 17/07/2024 hasta el 13/12/2024, en el medio debemos tener en cuenta los diferentes plazos de adhesión temprana para la obtención de beneficios contados desde su plazo de vigencia.
*30 días corridos desde el plazo de vigencia al 16/08 condonación del 70% de los intereses resarcitorios y punitorios cuando el pago sea de contado y en hasta en 3 cuotas.
* 31 a 60 días corridos al 15/09 condonación del 60% de los intereses resarcitorios y punitorios cuando el pago sea de contado y en hasta en 3 cuotas.
* 61 a 90 días corridos al 15/10 condonación del 60% de los intereses resarcitorios y punitorios cuando el pago sea de contado y en hasta en 3 cuotas.
* 90 días corridos al 15/10 condonación del 40% intereses resarcitorios y punitorios para el pago con planes de facilidades de pago.
* 91 a 150 días corridos al 14/12 condonación del 20% intereses resarcitorios y punitorios para el pago con planes de facilidades de pago.
La norma además regula sobre la condonación del 100% de sanciones que según el caso pueden ir de 1 a 6 veces el impuesto reclamado. La norma prevé;
*Condonación del 100% de las multas -no firmes- cometidas hasta el 31/03/2024.
*Condonación del 100% de las multas formales, siempre que se hubiera cumplido la obligación formal con anterioridad a la fecha de finalización del plazo para el acogimiento al Régimen de Regularización.
*Condonación de multas y sanciones -no firmes- de pleno derecho, siempre que se hubiere regularizado la obligación principal y su pago con anterioridad al 31/03/2024.
En cuanto al régimen penal tributario, la adhesión a la moratoria genera la suspensión y/o extinción de las acciones penales.
Según el caso, la adhesión puede ser una buena oportunidad para eliminar eventuales contingencias de asuntos que se encuentren en litigio ante el fisco con resultado incierto, ya sea que se encuentren en inspección, determinación de oficio, tribunal fiscal, ante la justicia, o en ejecución fiscal, o proceso penal.
Fuente: Let 27.743 (BO 08/07/2024), Decreto 608/2024 (B.O 12/07/2024) y Resolución General 5525/2024 (B.O 16/07/2024).