Una firma mayorista con sede en La Plata obtuvo una sentencia a favor de que AGIP no le retenga más dinero en concepto de ingresos brutos hasta tanto no se cobre, devuelva o consuma del saldo a favor ya existente.
La empresa inició un recurso de amparo ante la justicia de la Ciudad de Buenos Aires a los fines de anular la vigencia de dos resoluciones emitidas por la agencia tributaria local que le permitían la retención sistemática de sumas en concepto de pagos a cuenta por el impuesto a los ingresos brutos acumulando grandes saldos a favor. La firma reclamó que las retenciones generan saldos acumulados a su favor que sin embargo no llegaban a ser absorbidos o compensados por las deudas que pudiera generar por el impuesto.
El planteo tuvo éxito tanto ante el primer juez como luego la Cámara ordenaron a AGIP (Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires) que las retenciones y/o percepciones que se le apliquen a la empresa no deberán superar a futuro al momento en que se realice la retención lo que le corresponda pagar por el impuesto conforme surge de las declaraciones juradas presentadas previamente.
Fuente: CAYT, Sala, IV, R. N. SA, CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – TRIBUTARIO-INGRESOS BRUTOS, 27/06/2024