ARBA – Prorrogó el vencimiento para el pago de regímenes de regularización.

A través de la Resolución 32/20 de Arba, se prorroga hasta el día 10 de agosto de 2020, inclusive, el plazo para el pago de los anticipos, y de las cuotas de los regímenes de regularización de deudas no caducos a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución el día 10 de Junio, cuyos vencimientos operen  durante el mes de junio del corriente año. Comprende a los regímenes de regularización de deudas establecidos en el marco de las Resoluciones Normativas N° 6/2016 y modificatorias, N° 8/2020 y modificatorias y del artículo 108 del Código Fiscal –Ley N° 10.397 (Texto Ordenado 2011) y modificatorias–. 
El plazo para el pago de las cuotas restantes se prorrogará hasta el día 10 -o inmediato hábil posterior si aquél fuera inhábil- del segundo mes siguiente a aquel en el cual debiera operar el vencimiento de cada cuota, abarca las deudas provenientes de impuesto inmobiliario básico y complementario ; automotores; ingresos brutos y sellos vencidas al 31/12/19.
Disponen con relación a los planes de pago que se otorguen desde la entrada en vigencia de la presente Resolución y hasta el 31 de julio de 2020, inclusive, como fecha especial de vencimiento del anticipo, de corresponder, o de la primera cuota de los mismos, el 10 de agosto de 2020, inclusive. Las cuotas restantes vencerán a partir del mes de septiembre del mismo año, los días 10 de cada mes o inmediato hábil posterior si aquél fuera inhábil.
 Cabe aclarar que esta Resolución no comprende a los planes previstos para los agentes de recaudación y sus responsables solidarios, quienes continuarán sujetos a los vencimientos originales que correspondan.

 

 

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