Conforme fuera publicado en el boletín oficial, la AFIP decidió volver a prorrogar la suspensión de la traba de medidas cautelares de Pymes fiscales que antes regía hasta el 30 de septiembre, hasta el día 31 de octubre, inclusive.
Asimismo, se extiende la suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte del organismo recaudador hasta la fecha antes citada, sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.
Fuente: Resolución General 4828/2020 AFIP
Residencia Fiscal y Aporte Solidario: Un Límite Judicial a la Retroactividad
La Cámara Contencioso Administrativa Federal dictó un fallo muy importante sobre el Aporte Solidario (Ley 27.605) y