Fin de las retenciones en Misiones: La Corte abre la vía originaria contra retenciones provinciales extraterritoriales

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró admisible su competencia originaria para intervenir en una demanda promovida contra la Provincia de Misiones por un régimen de recaudación de Ingresos Brutos cuyos efectos se proyectaban sobre operaciones realizadas fuera de su territorio.

La controversia fue iniciada por Cannon Puntana S.A., que cuestionó la Resolución 3/93 por considerar que generaba retenciones sobre ingresos obtenidos en otras jurisdicciones, provocando una creciente acumulación de saldos a favor. La Procuración Fiscal había dictaminado que el conflicto debía tramitar ante la justicia provincial por involucrar, principalmente, la interpretación de derecho público local.

Sin embargo, la Corte se apartó de ese criterio y entendió que la cuestión federal resultaba predominante. Lo relevante del pronunciamiento es que el Tribunal consideró que el régimen cuestionado proyectaba efectos extraterritoriales al captar ingresos generados fuera de Misiones por operaciones con compradores comprendidos en el Convenio Multilateral.

En ese contexto, la discusión excedía una mera controversia tributaria local e involucraba directamente principios constitucionales vinculados con la libre circulación de mercaderías, la regulación del comercio interprovincial y la prohibición de establecer aduanas interiores.

Además, la Corte otorgó una medida cautelar de no innovar que suspendió la aplicación del régimen respecto de operaciones realizadas fuera del territorio provincial, evitando que continuara incrementándose el saldo a favor de la compañía, proyectado en más de $741 millones para diciembre de 2026.

El precedente, en línea con lo resuelto en “Establecimiento Las Marías”, adquiere especial relevancia para empresas sometidas a regímenes provinciales de retención y percepción que generan saldos a favor estructurales derivados de operaciones interjurisdiccionales.

Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cannon Puntana S.A. c/ Misiones, Provincia de”, 25 de agosto del 2026.