LEY BASES: ARCA lanzó un padrón para que los trabajadores independientes registren a sus colaboradores

El gobierno avanza en la reforma laboral en búsqueda de la modernización laboral que comenzó con la sanción de la ley bases.

En este contexto, ARCA (ex AFIP) avanzó con la reglamentacion, dando forma a uno de los puntos mas importantes de dicha ley, el que incorporó la figura del trabajador «independiente» que podrá registrar hasta tres “colaboradores  independientes” en productivos.

Este nuevo tipo de vínculo “…estará basado en la relación autónoma, sin que exista vinculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras.”

Para ello, ARCA Mediante la Resolución General 5.599/24, publicada en el Boletín Oficial creó el nuevo Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC).

El padrón recabará información específica de los emprendimientos productivos y sus integrantes.

Además establece un mecanismo para realizar una declaración jurada respecto al carácter independiente de la relación.

La norma aclara que el colaborador independiente podrá realizar actividades de forma concurrente y tendrá la libertad de mantener simultáneamente contratos de colaboración, de trabajo o de provisión de servicios con otros contratantes.

La registración deberá realizarse en forma previa al inicio de la prestación de tareas por parte de los trabajadores independientes, en el sitio web del organismo a través de la opción “Agregar emprendimientos” con el detalle del nombre de fantasía, fecha de inicio y de finalización, domicilio, actividad y CUIT de los colaboradores.

Una vez efectuado el ingreso de los datos, los colaboradores -recibirán una notificación en su respectivo Domicilio Fiscal Electrónico, a partir de la cual tendrán un plazo de 72 horas para confirmar o rechazar su participación en el emprendimiento productivo.

Los trabajadores independientes podrán rescindir en cualquier momento el vínculo de colaboración, debiendo informarlo en el “PADIC”, ingresando al emprendimiento correspondiente y seleccionando la opción “Modificar”/“Datos de los Colaboradores”.

A su vez, los colaboradores independientes también podrán rescindir en cualquier momento el vínculo de colaboración, a cuyo fin deberán ingresar al “PADIC” y seleccionar la opción “Rescindir”.

Ambos deberán encontrarse inscriptos en el régimen general de impuestos y de los recursos de la seguridad social como trabajadores autónomos, o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

El nuevo registro, significará una efectiva herramienta para modernizar el mercado laboral, favoreciendo a ambas partes trabajadores independientes y colaboradores.

Fuente: Resolución General 5.599/24, publicada en el Boletín Oficial