Recordemos que la Resolución 297 del año pasado que sancionó el Gobierno, la cual fue prorrogándose en el tiempo, indica que están dispensados del deber de presentarse a trabajar en forma presencial: los mayores de 60 años, las embarazadas y los que tengan patologías previas y que estén avalados por los organismos de salud, ejemplo, pacientes oncológicos, pacientes diabéticos, pacientes con obesidad y pacientes con problemas cardiacos y/o respiratorios. Sin perjuicio de ello, y por medio de la Resolución Conjunta 4/2021, el Gobierno dispuso que los que se hayan aplicado cualquiera de las vacunas para generar inmunidad frente al covid y luego de los 14 días de vacunados, los empleadores podrían convocarlos para volver a trabajar presencialmente. A excepción de los pacientes oncológicos.